El trámite del subsidio Familiar de Vivienda deberá ser realizado por el hogar postulante ante su correspondiente entidad otorgante:
- Si se trata de una Caja de Compensación, éstas cuentan con su propia programación de fechas de postulación y asignación.
- Si se trata del Fondo Nacional de Vivienda, éste dispone del Progama Mi Casa Ya, cuyo canal de información y postulación es el banco en el que se tramite el crédito para la adquisición de la vivienda.
Para los hogares que tengan ingresos superiores a los 4 SMMLV, tengan o no vivienda, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio (MVCT) ha expedido el Decreto 1233 del 14 de septiembre de 2020, por el cual se modifica el decreto reglamentario del Programa FRECH NO VIS, y se determina la creación del subsidio a la tasa de interés para compra de vivienda cuyo valor sea mayor a los 150 SMMLV y hasta 500 SMMLV.
Se trata de un subsidio cuyo monto asciende a los 42 SMMLV cuyo canal de información y postulación es el banco en el que se tramite el crédito para la adquisición de la vivienda y se otorgará al momento de la aprobación del crédito hipotecario siempre y cuando exista cupo presupuestal por parte del Gobierno y consiste en un descuento de 1/2 SMMLV de la cuota mensual del crédito durante los primeros 7 años del mismo.
Si tienes alguna inquietud, nuestros asesores te brindarán la información que requieras.